rodas (sanchez)_en aquellos tiempos
1738-1815
Francisco José Santiago ASTORGA FRIAS
nació el 24 de julio 1738 en Archidona - Andalucía -ESPAÑA
fue esposo de Maria Rosa Juana LISEXAS DE LA CUEVA
y luego, de Maria Josepha Juliana CUBERO VILCHES
es ancestro de Antonio RODA ASTORGA - generación 10
su testamento
Archidona
Escribano Juan Bruno GODOY, Año 1815, paginas 632-635
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En el Nombre de Dios todo poderoso Amen: sea notorio, y manifiesto, á los que bieren esta publica escriptura de testamento ultima y final voluntad como yo Francisco Astorga Frias, natural y vecino que soy de esta villa de Archidona, hijo lexitimo de Francisco de Astorga Cardenas, y de Da Antonia de Frias mis padres defuntos naturales, y vecinos que fueron de ella : estando como estoy enfermo en cama de enfermedad Corporal, y en mi libre juicio, memoria y entendimiento natural, el que Dios nuestro señor ha sido servido de darme ; creyendo como firme y, verda deramente creo en el alto, y soberano Misterio de la Santisima trinidad Dios Padre, Dios hijo, y Dios Espiritu Santo, tres personas distintas, y un solo Dios Verdadero ; y en todos los demas misterios, que tiene cree y confiesa nuestra santa Madre Yglesia, catholica apostolica, Romana, baxo de cuya fee y creencia, he vivido, y pretexto vivir, y morir : deseoso de encaminar mi alma ; por carrera segura de salvacion quiero hacer y ordenar mi testamento : y para que baya con el mejor acierto interpongo por mi abogada é intersesora, a la Reyna de los Angeles Maria Santisima de Gracia, con cuyo amaparo, lo pongo en ejecución en la
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forma siguiente ______________________________________________________________________
Lo primero encomiendo mi alma a Dios nuestro señor que la crío, y la redimio con su preciosima sangre Sagrada, Pasión y muerte : Por cuyos meritos, le suplico la perdone, e lleve a su santa Gloria para donde fue criada, y el cuerpo mando, a la tierra que fue formado _________________________________________________________
Mando que cuando la voluntad de Dios Nuestro Señor se sirva llevarme, de esta presente vida sede a mi cuerpo eclesiastica sepoltura en el campo santo extramuros de esta villa, baya amortajado, a la tierra en el havito que sea a voluntad de mis Albaseas _______________________________________________________________
Mando se me haga entierro de cuerpo de yglesia y que en dia de el, siendo hora de celebrar los dibinos oficios, mi cuerpo presente, y sino al dia siguiente se me diga una misa de requiem cantada con vigilia y responso como es costumbre, y mas se digan por mi alma é yntencion cargos, y debocion quince misas reçadas por limosna de quatro reales cada una aplicadas por quartas partes : La una en la parroquia de esta villa por razon de colecturia ; y las demas entre los combentos de señor sto Domingo, la victoria, y escuelas pias de ella ____________________________
Mando para redencion de cautivos, y conservación de los santos lugares de Jerusalen dos reales de vellon de por mitad, y por una vez___________________________________________________________________
Declaro habra quarenta y siete años que contraje primeras nupcias co DaAntonia Lizeras que era de estado honesto, y los bienes que reunimos consta dela escriptura de difuncion ante el presente escribano quando
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murio la referida de cuyo matrimonio tube por mis hijos lexitimos, a Francisco y Da Maria de Astorga que ya son difuntos sin haver dejado subcesion, lo que declaro para que conste __________________________________
Declaro habra cuarenta años contraje segundas Nupcias con Da Maria Cuberos que era de hestado honesto acuyo tiempo juntamos barios bienes que constan de la liquidación que por su muerte hize ante el presente escribano, y de este matrimonio he tenido por mis hijos lexitimos, a julian, Don Juan de Astorga, y cubero que oy biven lo que declaro para que conste______________________________________________________________________
Declaro que la referida Da Maria Astorga mi hija del primer matrimonio fue religiosa profesa de velo, y coro en el convento de Jesus Maria de esta villa, a la qual le costee el Dote de parte de su legitima materna, y ademas se sus bienes le di lo necesario por lo que nada le adeudo delo que resulto de mi primer matrimonio lo que declaro para que conste ____________________________________________________________________________
Declaro que el referido Julian de Astorga mi hijo habra mas de veinte años contrajo su matrimoño en esta villa con Da Maria Cubero que era de estado honesto, acuyo tiempo le satisfice su legitima materna, y después le tengo dadas diferentes cantidades como consta de apuntaciones, y recivos que conservo en mi poder en mi libro de apuntaciones, lo que declaro para que conste ____________________________________________________________
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Declaro que el referido Don Juan de Astorga mi hijo habra quince años que contrajo su matrimonio en la ciudad de Sevilla donde esta Domiciliado en su ejercicio de escultor, Da Maria Miranda que era de estado honesto : Acuyo tiempo le satisfice su legitimamaterna y después le tengo dadas diferentes cantidades por cuenta paterna según consta de apuntaciones, y recivos del susodicho que conservo, en mi poder lo que declaro para que conste________________
Declaro poseo esta casa en que hago mi morada situada en la Plaza de la yglesia parroquial de esta villa, que yo hize de fabrica Nueva en un solar que confirio el Ayuntamiento de ella: una haza de quatro fanegas de esta villa con cargo de cierto tributo de pan terciado, a favor de la hazienda del Exmo. Sor Duque de Osuna
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y media fanega de tierra plantada de viña, y olivar en el partido de lagunillas altas de este termino, y algunos muebles de ropa y omenaje de casa Declaro que el citado Julian de Astorga mi hijo, y su familia viven en esta casa morada de mi el otorgante por cuio motivo estan mesclados los muebles de uno, y otro, en esta atención por lo que hace, a la herramienta del oficio de Maestro Alarife todas son del dicho mi hijo, y por lo que respecta, a los demas muebles los que dijere ser suyos se tengan por tales
Declaro estoy debiendo otras cortas cantidades ; que constan de apuntaciones simples, que conservo en mi poder y tambien save las que son el dicho Julian de Astorga mi hijo a cuio dicho se este para que se satisfagan a las personas que se deben ________________________________________________________________________
y para cumplir y pagar este mi testamento mandas legados y todo lo que en el contenido, nombro por mi, Albaceas testamentarios cumplidores y ejecutores de el, al referido Dn Francisco Aguilar Romero, y a Christobal de Astorga Frias
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mi hermano vecinos de esta villa a los cuales juntos; y a cada uno de por si ynsolidum doy el poder, que en dicho requiere para luego, que yo fallesca entren en mis bienes tomen lo que basten, y lo vendan en publica almoneda, o fuera de ella y con su valor cumplan y paguen este mi testamento, y en la vrevedad les encargo las conciencias _____
Y en el Remaniente que quedase y fincase de todos mis bienes y titulos dichos, y acciones que en cualquiera manera me puedan pertenecer ynstituyo y nombro por mis unicos, Universales herederos, a los referidos Don Juan de Astorga y cubero vecino de la ciudad de Sevilla y a Julian de Astorga, y cubero, que lo es de esta villa ambos mis hijos para que los hayan gozen, y hereden con la vendicion de Dios y la mia ___________________________
y Revoco, anulo, y doy por ningunos, y de ningun valor, ni efecto todos otros quales quiera testamentos poderes para testar cobdicilos mandas legados, y otras disposiciones testamentarias, que antes de esta haya hecho por merito de plabra o en otra forma para que no
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valgan ni hagan fee en juicio ni fuera de el salvo este, que ahora otorgo, que quiero se guarde, y cumpla por mi testamento ultima y final voluntad en aquella, usa y forma que mejor haya lugar en dicho, que es fechado por mi otorgado en la villa de Archidona en veinte y tres dias del mes de Noviembre del año de mil ochocientos y quince y el otorgante (a quien yo el presente escrivano y publico, y del Numero de esta villa de Archidona, doy fee conosco)
lo firmo siendo presentes por testigos Don Juan Nepomuceno Almohalla=
Dn Ramon Marin = y Miguel Ysidro de Reyna vecinos de esta villa
Francisco Astorga Frias Antemi
Juan Bruno de Godoy
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este texto fue publicado en RAYYA – Revista cultural de la comarca norte de Málaga Año 3 n°3, articulo de Manuel GARRIDO PEREZ - 3/2007, quien también nos proporcionó muchos datos genealógicos
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Francisco José Santiago ASTORGA FRIAS era el mayor de diez hermanos, es hijo de Francisco ASTORGA CÁRDENAS y de Antonia Hilaria de FRIAS de la CRUZ, que eran del campo, pero vivían en la calle Almohalla del llamado pueblo llano de Archidona; la familia poseía algunas tierras; vivían cómodos.
La figura del maestro Alarife Francisco ASTORGA FRIAS es, hoy día, muy conocida por todos los archidoneses y también por otros andaluces; el supero su examen y obtuvo su titulo de arquitecto en la cercana ciudad de Antequera alrededor del año 1768.
Francisco de ASTORGA FRIAS y Antonio GONZALES SEVILLANO fueron nombrados únicos “Maestros de Arquitectura” de la Ciudad de Archidona, a los que debían que estar supeditados el resto de oficiales del oficio.
Francisco de ASTORGA FRIAS intervino en la realización de muchas obras, entre las cuales:
- la reforma del Santuario de la Virgen de Gracia, antigua mezquita, en 1774.
- la afamada Plaza Ochavada - plaza central de Archidona - entre 1780 y 1786,
- el colegio de las Escuelas Pias, empezadas desde 1759,
… arquitecto nombrado por el Duque de Osuna, señor de la población…
- la Torre Campanario del Convento de las Monjas Mínimas, ubicado en la Calle Nueva, a partir de 1789,
- el edificio y la portada de las Escuelas de Cristo, situadas en la Calle Don Carlos Sanchez Lafuente, a partir de 1802,
- …
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Francisco ASTORGA FRIAS era un hombre religioso; fue en el año 1804 hermano mayor - o mayordomo, como se dice en Archidona - de la Hermandad de Nuestro señor San José, cofradía hoy desaparecida; acudió como tal, en 1804, a la proclamación de Nuestra Señora de Gracia y Jesús Nazareno como patronos de Archidona.
Se caso en primeras nupcias, el 8 de Febrero de 1768, con María Rosa Juana LIZERAS de la CUEVA, hija de Diego LIZERAS y de Ana de la CUEVA; tuvieron dos hijos:
- María Claudia Josefa, 1769
- Francisco María José, 1772
María LIZERAS de la CUEVA falleció el 5 de Julio 1773.
En el curso del mismo año, el 23 de Noviembre, se caso en segundas nupcias con
María Josefa Juliana CUBERO VILCHES, vecina también de Archidona, hija de Andrés CUBERO NAVARRO, nacido en 1710 en Torredonjimeno, provincia de Jaén, y de Antonia VILCHES; tuvieron 8 hijos, 4 niñas y 4 niños:
- Lorenza María de Gracia Josepha, 1774
- Julián Pedro José, 1776
- Juan Sinforiano Joseph, 1777
- Dioniso Josefa de San León, 1779
- Clemente María Joseph, 1780
- Josepha María Petronila, 1783
- Rafael Lucas Joseph, 1784
- Francisca María de San Enrique, 1786
El 6 de Octubre 1786, fue sepultada María CUBERO VILCHES; en aquella fecha, 7 de los 10 hijos de Francisco ASTORGA FRIAS también ya habían fallecido; el no se volvió a casar.
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2018 05 24
localización geográfica
_ 1815 testamento - astorga frias, francisco
_ 1769-1814 escritos de la sierva de dios - garrido perez, manuel...
actualmente
localidades consideradas:
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